Y yo os digo que cualquiera que repudiare á su mujer, si no fuere por causa de fornicación, y se casare con otra, adultera: y el que se casare con la repudiada, adultera.
Porque la mujer que está sujeta á marido, mientras el marido vive está obligada á la ley; mas muerto el marido, libre es de la ley del marido. Así que, viviendo el marido, se llamará adúltera si fuere de otro varón; mas si su marido muriere, es libre de la ley; de tal manera que no será adúltera si fuere de otro marido.